FIJACION DE LOS PRECIOS MINIMOS PARA LAS UVAS DE LA COSECHA 1990




Promulgación: 16/02/1990
Publicación: 28/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1990
  •    Página: 221

Artículo 9

   El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), expenderá
certificados-guía de circulación de uva, únicamente a los viticultores que
se hallen inscriptos en el Registro de Empresas a que se hace referencia
en el decreto 336/983 de 21 de setiembre de 1983, así como las personas
autorizadas a representarlos.

   Dichos documentos, serán instransferibles pudiendo ser utilizadas
únicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que
provenga del viñedo para el cual fue entregado.
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