APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS. EJERCICIO 1996




Promulgación: 12/03/1997
Publicación: 01/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 532
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Las transposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo
programa, entre rubros de un mismo proyecto así como las modificaciones
entre componente nacional e importado serán autorizadas por el Directorio
de la Administración Nacional de Correos, dando cuenta dentro de los diez
días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al
Tribunal de Cuentas.
   Las transposiciones de asignaciones entre proyectos de distintos
programas y las modificaciones de las fuentes de financiamiento, deberán
ser autorizadas por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
   Las solicitudes de modificación del Plan de Inversiones previstas
precedentemente, deberán ser solicitadas en forma fundada por el jerarca
del organismo y deberán incluir la información sobre cualquier cambio a
operar en los siguientes elementos de proyectos a modificar:
   a) Asignación por rubros
   b) Componente nacional e importado
   c) Fuentes de financiamiento
   En el caso de un nuevo proyecto, se deberá remitir además su
descripción completa de acuerdo a las instrucciones impartidas por la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos de la formulación del
Plan de Inversiones Públicas.
   Los proyectos cuyas asignaciones hayan sido utilizadas total o
parcialmente como reforzantes de otros proyectos, no podrán ser reforzados
posteriormente.
   Asimismo, los proyectos que hayan sido reforzados, no podrán ser
utilizados como reforzantes.
   Lo dispuesto en este párrafo se aplicará por fuente de financiamiento.
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