VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Comando General del
Ejército solicita se derogue el literal B) del R) I.- CONDICIONES
GENERALES referente a las Condiciones de Ingreso al Servicio de
Veterinaria y Remonta como Alférez, aprobado por Decreto 536/979 de 25 de
setiembre de 1979.-
RESULTANDO: que el mencionado literal B) establece que el Concurso a
realizarse tendrá solamente carácter de "Presentación", quedando reservado
a la Dirección del Servicio la selección de los postulantes que hubieran
aprobado las pruebas para llenar las vacantes correspondientes.-
CONSIDERANDO: I) que dicha disposición no es clara en su redacción y es
innecesaria como condición general para el ingreso como Alférez al
Servicio de Veterinaria y Remonta.-
II) que el Comando General del Ejército ha considerado oportuno y
conveniente proceder a modificar la norma referida en el Visto de la
presente.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Derógase el literal B) del R) I.- CONDICIONES GENERALES referente a las
Condiciones de Ingreso al Servicio de Veterinaria y Remonta como Alférez,
aprobado por el Decreto 536/979 de fecha 25 de setiembre de 1979.