VISTO: el decreto Nº 464/995 de fecha 27 de diciembre de 1995;
RESULTANDO:
I) por el mencionado decreto se implementa un sistema para la asignación
de retribuciones de los funcionarios públicos que actuarán como
contraparte en la Unidad Ejecutora del Proyecto 3697 UR, suscrito entre
Uruguay y el Banco Mundial;
II) por el Art. 3º del referido decreto se establece número y condiciones
de los funcionarios que podrán acceder al régimen de que se trata:
CONSIDERANDO: conveniente modificar, el aludido Art. 3º del decreto Nº
464/995, de 27 de diciembre de 1995, Componente - Manejo de Recursos
Naturales, Subcomponente Desarrollo de Microcuencas, autorizando el
desempeño de técnicos de nivel medio, especialistas en producción
granjera, así como adicionar un ingeniero agrónomo o técnico de nivel
medio, especialista en sistemas de depuración de efluentes de tambo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Efectúanse al Art. 3º del decreto Nº 464/995, de fecha 27 de diciembre
de 1995, en el componente Manejo de Recursos Naturales, Subcomponente
Desarrollo de Microcuencas, las siguientes modificaciones: donde dice: "3
(tres ingenieros agrónomos, especialistas en producción granjera",
sustituirlo por "3 (tres) ingenieros agrónomos o técnicos de nivel medio,
especialistas en producción granjera"
Adicionar en el mencionado Subcomponente "1 (un) ingeniero agrónomo o
técnico de nivel medio, especialista en sistema de depuración de
efluentes de tambo"