El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
VISTO: el artículo 93 de la Ley 19.670 de fecha 15 de octubre de 2018.
RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece la creación de la Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional;
II) que a la citada Dirección le compete la dirección, supervisión técnico-estratégica y coordinación de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL, la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas, la Dirección General de Información e Inteligencia Policial, y las restantes Direcciones especializadas que por Ley o Resolución Ministerial queden bajo su órbita;
III) que constituyen cometidos de la referida unidad policial la coordinación de las acciones entre las direcciones que están bajo su órbita, así como la administración y gerenciamiento de todos los recursos humanos, materiales y financieros de las mismas, con excepción de las Direcciones de Investigación de las Jefaturas Departamentales;
IV) que además le compete a la Dirección de referencia la recolección, procesamiento, análisis y diseminación de la información necesaria para la prevención y eventual represión de los hechos con apariencia de delito, coadyuvando a su vez en la toma de decisiones estratégicas en materia de seguridad pública.
CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
CAPÍTULO I - GENERALIDADES
Artículo 1
La Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional es una Unidad Policial, dependiente de la Dirección de la Policía Nacional.