El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VI - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E INTERPOL
Artículo 104
(Departamento de Investigación de Delitos Especiales) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y tendrá los siguientes cometidos:
a) Ejecutar las actividades concernientes a la investigación de
los delitos tipificados en leyes especiales como: violencia
sexual comercial o no comercial cometida contra niños,
adolescentes o incapaces, trata de personas, tráfico de
personas, cuando sean competencia de alguno de los Juzgados
Letrados de 1ra. Instancia en lo Penal Especializados en
Crimen Organizado (Art. 5° Ley 18.494 del 05 de junio de
2009).
b) Otras que se le asignen por parte de la D.I.P.N. o por
disposición del Ministerio Público y Fiscal.