El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESIÓN AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS COMETIDO DE LOS ÓRGANOS
Artículo 131
(Departamento Brigada Antidroga) Estará a cargo de un Oficial Jefe, y su misión concierne en todo lo relacionado a tareas de inteligencia operativa y ejecución de operaciones como así también todos los aspectos administrativos que ello implica.
El Departamento se integrará por las Secciones de Microtráfico, Sección Plantel de Canes Antidrogas y Sanidad Animal.