El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESIÓN AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS COMETIDO DE LOS ÓRGANOS
Artículo 136
(Delegación Aeropuerto Internacional de Carrasco) Tiene naturaleza operativa, y desarrollará sus actividades y cometidos en las instalaciones del Aeropuerto Internacional de Carrasco. A tales efectos se consideran todos los espacios físicos de la Terminal Aérea mencionada, debiendo coordinar acciones con Fuerza Aérea y las Autoridades Aeronáuticas, en aquellos lugares donde la Policía Nacional no posea jurisdicción de acción. Son Cometidos de la Delegación Aeropuerto Internacional de Carrasco:
a) El Control del Tráfico de Estupefacientes en arribos y
partidas de dicha Terminal Aérea.
b) Establecer Protocolos de Actuación, estableciendo "Perfiles de
Riesgo", tanto de personas, pasajeros, así como también de
cargas, objetos y encomiendas, con el fin de prevenir, detectar
y reprimir nuevas modalidades de ingreso y egreso de
estupefacientes.
Entiéndase a tales efectos como "Perfiles de Riesgo", aquel
conjunto de características especiales, las que asociadas en el
contexto determinado, hicieran presumir que una persona o un
envío, podrían estar relacionados al tráfico de
estupefacientes.
c) Establecer puntos de contacto, mantener una relación fluida y
establecer líneas de acción con las Unidades Especiales con
asiento en la Terminal Aérea y todas aquellas que por su
competencia se relacionan a las tareas desarrolladas por la
Delegación.
d) Mantener contacto y relación fluida con las autoridades
administradoras del A.I.C., así como también con los encargados
y gerentes de las empresas aéreas a los efectos de obtener la
información necesaria, en tiempo y forma, que permita celeridad
en los procedimientos y las tareas desarrolladas.
e) Mantener contacto permanente con los distintos Departamentos
de la D.G.R.T.I.D a los efectos de coordinar líneas de acción o
evacuar requerimientos de información de parte de estos.
f) Mantener contactos permanentes con autoridades y agencias
extranjeras a los efectos de evaluar acciones e intercambiar
información referente a tendencias y modalidades de tráfico de
drogas en las distintas regiones.
g) Registrar todas las actividades desarrolladas e inteligencia
realizada, en informes y bases de datos llevadas a tales
efectos.
h) Apoyar logística y operativamente a otras unidades que así lo
soliciten ante posibles acciones del tráfico ilícito de drogas
en su zona de operaciones.