El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VIII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN E INTELIGENCIA POLICIAL
Artículo 143
(Ayudantía y Secretaría) Estará a cargo de un Oficial Jefe o Superior y tendrá los siguientes cometidos:
a) Registrar e informar los compromisos, reuniones, juntas y
demás eventos del Director General.
b) Asistir al Director General en todas las reuniones, juntas, y
demás actos protocolares que sea delegado o invitado.
c) Recepcionar, registrar, tramitar y distribuir la documentación
que se origine o llegue a la Dirección General, manteniendo la
reserva y confidencialidad frente al manejo de la
documentación, evacuando en tiempo y forma los diferentes
asuntos.
d) Realizar las comunicaciones a la D.I.P.N. de manera oportuna
para su remisión a UNICOM.
e) Elaborar y elevar periódicamente reportes de estado de
situación de denuncias recibidas del 0800 5000.
f) Realizar la tramitación primaria de asuntos vinculados a RR.HH
y Logística para remisión o gestión conforme se disponga por
los Protocolos aprobados por la D.I.P.N.
g) Coordinar y realizar el mantenimiento primario de los equipos
y sistemas de la Dirección y gestionar ulteriores reparaciones
con la repartición correspondiente de la D.I.P.N.