REGLAMENTACION DEL ART. 93 DE LA LEY 19.670, RELATIVO A LA CREACION DE LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 25/03/2019
Publicación: 03/04/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.

CAPÍTULO VIII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN E INTELIGENCIA POLICIAL

Artículo 149

   (Sección Depósito) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo. Tendrá los siguientes cometidos:
        a) Control, guarda, e inventario de ingresos y egresos del
           Depósito de Incautaciones Judiciales o Policiales, en
           cumplimiento de Protocolos Vigentes.
        b) Mantener actualizado el registro con datos precisos de
           vencimientos en caso de bienes perecederos, debiendo realizar
           las debidas comunicaciones a la autoridad judicial competente.
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