El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 15
(Coordinación Operativa) Dependerá del Director de Investigaciones de la Policía Nacional, estará a cargo de un Oficial Superior y se encargará de la coordinación de las actividades operativas y de análisis de la D.I.P.N. La Coordinación Operativa estará conformada por:
a) Coordinador Operativo
b) Gabinete Operativo
c) División de Registro y Análisis de Investigaciones
i. Departamento Análisis de Investigaciones Policiales
ii. Departamento Registro y Procesamiento de Información
iii. Departamento Análisis en WEB
d) División de Análisis de Violencia en el Delito
i. Departamento de Evaluación de PPL
ii. Departamento de Análisis Estratégico
e) (*)
(*)Notas:
Literal e) derogado/s por: Decreto Nº 63/021 de 18/02/2021 artículo 31.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 84/019 de 25/03/2019 artículo 15.