El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VIII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN E INTELIGENCIA POLICIAL
Artículo 157
(Departamento de Investigación e Inteligencia Criminal) Estará a cargo de un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y tendrá los siguientes cometidos:
a) Investigación criminal de todas las actividades presuntamente
delictivas que le sean encomendadas bajo su órbita por
diferentes autoridades policiales o judiciales, denuncias de
ciudadanos en el ámbito de su competencia e incluso aquellas
que sean el resultado de procesos de colección de información
originados en esta Dirección General y puestas en conocimiento
del Poder Judicial.
b) Seguimiento e Investigación sobre hechos de violencia en
espectáculos deportivos.