El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO IV - DE LA UNIDAD DE APOYO TECNOLÓGICO (U.NA.TEC.)
Artículo 25
(Secretaría) - Dependerá del Director y estará a cargo
de un Oficial Jefe y tendrá los siguientes cometidos:
a) Tramitar toda documentación rutinaria ajena a los cometidos
específicos de la dependencia.
b) Gestionar las necesidades logísticas de la unidad.
c) Implementar y registrar los entrenamientos que se impartieran
dirigidos al personal de las Unidades Ejecutoras que necesiten
emplear las herramientas que se pondrán a disposición.
d) Llevar el registro del personal capacitado en cada uno de los
sistemas.
e) Tramitar las necesidades de capacitación de las diferentes
Unidades Policiales.
f) Realizar las comunicaciones a la Dirección de Investigaciones de
la Policía Nacional de manera oportuna para su remisión a UNICOM
g) Realizar la tramitación primaria de asuntos vinculados a RR.HH. y
Logística para remisión o gestión conforme se disponga por los
Protocolos aprobados por la D.I.P.N.