El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO IV - DE LA UNIDAD DE APOYO TECNOLÓGICO (U.NA.TEC.) TRAMITACIÓN DE MEDIDAS
Artículo 41
En el caso de la situación prevista en el Art. 27 Literal. e), el Director de la D.I.P.N., previo requerimiento de los informes que estime necesarios y anuencia judicial pertinente, podrá disponer que las Unidades intervinientes tomen conocimiento de la situación, coordinando posteriormente sus tareas. Verificando dicho extremo la U.NA.T.E.C. habilitará los canales necesarios que permitan la interacción de las unidades involucradas.