El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO IV - DE LA UNIDAD DE APOYO TECNOLÓGICO (U.NA.TEC.) TRAMITACIÓN DE MEDIDAS
Artículo 42
Cuando se investigue un delito cuya competencia específica se encuentre prevista en alguna de las Unidades Especializadas, el Director de la D.I.P.N. podrá disponer que la tarea sea llevada por la Unidad correspondiente. La U.NA.T.E.C., previa anuencia de las autoridades judiciales competentes, habilitará los canales necesarios que permitan al Oficial de Caso designado acceder a los antecedentes contenidos en los sistemas.