El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO VI - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E INTERPOL
Artículo 79
(Ayudantía y Secretaría) Estará a cargo de un Oficial Jefe o Superior y tendrá los siguientes cometidos:
a) Registrar e informar los compromisos, reuniones, juntas y
demás eventos del Director General.
b) Asistir al Director General en todas las reuniones, juntas,
y demás actos protocolares que sea delegado o invitado.
c) Recepcionar, registrar, tramitar y distribuir la
documentación que se origine o llegue a la Dirección
General, manteniendo la reserva y confidencialidad frente al
manejo de la documentación, evacuando en tiempo y forma los
diferentes asuntos.
d) Realizar las comunicaciones a la Dirección de
Investigaciones de la Policía Nacional de manera oportuna
para su remisión a UNICOM
e) Elaborar y elevar periódicamente reportes de estado de
situación de denuncias recibidas del 0800 5000.
f) Realizar la tramitación primaria de asuntos vinculados a
RR.HH y Logística para remisión o gestión conforme se
disponga por los Protocolos aprobados por la D.I.P.N.