REGLAMENTACION DEL ART. 93 DE LA LEY 19.670, RELATIVO A LA CREACION DE LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 25/03/2019
Publicación: 03/04/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.

CAPÍTULO VI - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E INTERPOL

Artículo 93

   (Sección Traducciones) Estará a cargo de un Oficial Subalterno y tendrá como tarea específica la traducción de los documentos que correspondiere, enviados por otras agencias o cursados por la superioridad.
   Tendrá como cometidos:
   a) Producir informes y supervisar las traducciones realizadas.
   b) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de
      Actuación.
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