REGLAMENTACION DEL ART. 93 DE LA LEY 19.670, RELATIVO A LA CREACION DE LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 25/03/2019
Publicación: 03/04/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.

CAPÍTULO VI - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E INTERPOL

Artículo 94

   (Departamento de Capturas Internacionales) El Jefe del Departamento será un Oficial Jefe del Subescalafón Ejecutivo y sus cometidos serán:
        a)   Investigar, diligenciar y ejecutar en su caso, todos los
             pedidos de informes y solicitudes de capturas
             Internacionales.
        b)   Ejecutar todos los pedidos de detención de personas,
             realizados por las Oficinas Centrales Nacionales de los
             países miembros, con fines de extradición y llevar a cabo
             las diligencias necesarias para evacuar pedidos de informes,
             de acuerdo a la legislación nacional.
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