Se pagará una compensación del 25 % sobre el nivel de retribución
básica por casa habitación que se sirve a funcionarios siempre que dicho
beneficio sea condición inherente al desempeño del cargo y en caso de que
no exista local apropiado que pueda dársele en usufructo comprendiendo a
Jefes de Zona, Jefes de Centrales y Jefes Técnicos con Radicación fija en
localidades del interior. Comprende además personal a cargo de Circuitos o
subestaciones dependientes de la Gerencia del Sector Trasmisión u otras
situaciones similares otorgadas por resolución expresa.