CLASIFICACION Y COMERCIALIZACION DE TRIGO SEGUN SU CALIDAD




Promulgación: 17/12/1986
Publicación: 23/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 857
Referencias a toda la norma

Artículo 8

    Definiciones. A los efectos de este decreto, regirán las siguientes
definiciones para los rubros de calidad.

a) Peso  Hectolítrico. Es el peso de un volumen de 100 litros de trigo
   "tal cual" expresado en quilogramos.
b) Granos dañados.

b 1.) Granos ardidos y/o dañados por calor.
Son  aquellos granos o pedazos de granos que presentan un oscurecimiento
de su tonalidad natural, causado por un proceso fermentativo o la acción
de altas temperaturas.
b 2.) Total dañados
Son aquellos granos o pedazos de granos que presentan una alteración
visible en su constitución. Se consideran  como tales, además de los
ardidos y/o dañados por calor, a los granos verdes, helados, brotados,
calcinados, roídos  por lagartas, roídos en  su germen y atacados por
Fusarium.
b 2.1) Granos verdes son los que presentan una manifiesta coloración
verdosa debida a inmadurez fisiológica.
b 2.2) Granos helados son aquellos que presentan concavidades
pronunciadas en sus caras laterales.
b 2.3) Granos brotados son aquellos en los que se ha iniciado el proceso
de germinación, hecho que se manifiesta por una ruptura de la cubierta del
germen, a través de la cual asoma el brote.
b 2.4)  Granos calcinados son los que presentan una coloración blanquecina
y aspecto yesoso y que se desmenuzan cuando se ejerce una
leve presión sobre los mismos.
b 2.5)  Granos raídos por lagartas son aquellos carcomidos por larvas
de insectos  que atacan al cereal  en planta y cuya parte afectada se
presenta negruzca o sucia.
b 2.6)  Granos raídos en su germen son aquellos cuyo germen ha sido
destruído o roído por acción de larvas.
b 2.7) Granos atacados por Fusariun son aquellos atacados por el hongo
Fusariun s.p.p.

c) Granos quebrados y/o chuzos. Son aquellos granos o pedazos  de
   granos (no  dañados) de trigo pan que pasan por una zaranda como
   la descripta en el inciso C5 del artículo 10 de este decreto.
d) Materias  extrañas. Son todos los granos y pedazos de granos que no
   son  de trigo pan y toda otra materia inerte.
e) Humedad. Es la  cantidad de agua contenida en la partida expresada
   en porcentaje sobre base húmeda.
f) Granos  picados. Son los que presentan perforaciones causadas por
   insectos.
g) Granos  con carbón. Son los que se han transformado  en una masa
   pulvurulenta de color negro, consecuencia del ataque del hongo
   Tilletia spp. Su aspecto exterior es redondeado y de color grisáceo.
h) "Trébol de olor". Son las semillas de la especie Melilotus indicus.
i) "Cornezuelo". Son los esclerotos del hongo Claviceps Purpúrea.
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