FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES. MARZO 1989




Promulgación: 28/02/1989
Publicación: 04/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Fíjase el precio de venta de ANCAP a UTE para el fuel oil pesado en N$ 56.000,00 (incluido el Impuesto al Valor Agregado) por mil litros; para el fuel oil especial en N$ 64.800,00 (incluido el Impuesto al Valor Agregado) por mil litros; y para el gas oil en N$ 70.400,00 los mil litros. Este precio será de aplicación para el 50% de las transacciones entre ambos Entes ocurridas en el período 1º de enero de 1988 y 28 de febrero de 1989.
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