REGLAMENTACION DE LA LEY 19.292 RELATIVO A LA PRODUCCION FAMILIAR AGROPECUARIA Y PESCA ARTESANAL




Promulgación: 27/02/2015
Publicación: 09/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.292 de 16/12/2014.

Artículo 2

   Los productores familiares agropecuarios y los pescadores artesanales integrantes de una "Organización Habilitada" deberán estar registrados y habilitados ante el Registro de Productores Familiares de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Ayuda