CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 24 INDUSTRIA PESQUERA. SUBGRUPO CARGA Y DESCARGA DE CONGELADO




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 22/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

   Dispónese que al personal eventual, se le liquidará y abonará conjuntamente con sus haberes los conceptos generados por licencia, aguinaldo, salario vacacional y feriados que correspondan, rigiendo esta disposición a partir del 1° de junio de 1986.
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