CREACION DE REGIMEN ESPECIAL PARA CONTRATACION DE SERVICIOS INTEGRALES DE AGENCIAS DE PUBLICIDAD POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS ESTATALES. DEROGACION DEL DECRETO N° 351/007
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 5
(Pliego de Condiciones).- El pliego de condiciones particulares del llamado especificará los requisitos mínimos que deberán reunir los proveedores para presentarse a la convocatoria, las condiciones de admisibilidad, evaluación, contratación y ejecución de los servicios y la forma de pago.
El pliego particular deberá desglosar claramente los servicios que se requerirán de la agencia concursante (estrategia de comunicación, estrategia y plan de medios, estrategia creativa y creatividad, etc.).
El pliego de condiciones particulares deberá indicar el monto estimado de inversión que se destinará anualmente a la comunicación institucional.
Asimismo, establecerá que la evaluación de las ofertas se realizará en dos etapas conforme lo prevé el artículo 8° del presente Decreto, correspondiendo la primera a la evaluación técnica y la segunda a la evaluación económica, las ponderaciones serán 70% (setenta por ciento) y 30% (treinta por ciento) respectivamente. (*)