Visto: lo dispuesto por el decreto 18/984, de 12 de enero de 1984,
relativo, a la adecuación de las remuneraciones de los funcionarios
comprendidos en los Incisos 1 al 26 del Presupuesto General de Sueldos.
Gastos de inversiones.
Considerando: que resulta conveniente hacer extensiva dicha adecuación a
los funcionarios municipales.
Atento: a lo establecido por los artículos 5º y 6º del Decreto
Constitucional Nº 3 del 1º de setiembre de 1976,
El Presidente de la República
DECRETA: