CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 25 INDUSTRIA HOTELERA. SUBGRUPO HOTELES. MOTELES RESIDENCIALES. PARADORES. RESTORANTES. PARRILLADAS. CANTINAS. ZONAS BALNEARIAS DEL ESTE DEL PAIS
Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los laudos o decretos del presente Grupo, este Consejo de Salarios
determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores, teniendo en cuenta las categorías ya laudadas en esta rama de actividad.