Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 12
Por el período 1º de junio de 1986 al 30 de setiembre de 1986 la
empresa Ivess Ltda. ajustará los salarios de sus trabajadores por
categorías al 80% (ochenta por ciento) de lo establecido para las
empresas de bebidas sin alcohol, desde el 1º de octubre de 1986 al 31 de
enero de 1987 los salarios se ajustarán al 90% (noventa por ciento) de lo
laudado para dicho sector, y, a partir del 1º de febrero de 1987 al 31
de mayo de 1987 el ajuste será del 100% (cien por ciento) de lo
establecido con dicha vigencia para el sector de bebidas sin alcohol.