Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Proyecto de Presupuesto de la Administración Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE) para el ejercicio 1984.
Considerando: lo dispuesto por el artículo 81 de la ley 14.189 de 30
de abril de 1974, el artículo 30 de la ley especial 6 de 14 de abril de 1983 y el artículo 12 de la ley especial 7 de 23 de diciembre de 1983.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Presupuesto Operativo y Plan de Inversiones de la Administración Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE), correspondiente al ejercicio 1984, a regir a partir del 1° de enero de ese año, por un total de N$ 81:580.268 (nuevos pesos ochenta y un millones quinientos ochenta mil doscientos sesenta y ocho) de Acuerdo con el detalle siguiente:
Programa Operativo N$ 71:580.268
Rubro Denominación N$ N$
0 Retrib. de Ss. Personales 20:639.855
01 Retribuciones Básicas de
Cargos Permanentes 18:378.098
0.11 Retribuciones Civiles 16:964.398
0.11311 Sueldos Básicos de Cargos
Esc. Civil 13:073.648
0.11312 Incremento mayor Hor.
Permanente 632.437
0.11313 Dedicación Total 508.880
0.11316 Compens. Tareas Técnicas 548.020
0.11317 Compens. Tareas Extraordinarias 437.732
0.11318 Otras Compensaciones 857.381
0.11319 Incremento Set/83 a cuenta 892.800
0.11320 Prima por Antigüedad 13.500
0.19311 Sueldo Anual Complementario
Civil 1:413.700
0.2 Ret. Básicas Personal
contratado Permanente 1:853.417
0.21 Retribuciones Civiles 1:710.846
0.21321 Sueldos Bás. Asimil. Esc.
Civil 1:224.624
0.21322 Incremento mayor Hor.
Permanente 188.993
0.213211 Comp. Tareas Extraordinarias 32.000
0.213212 Otras Compensaciones 121.229
0.213213 Incremento Set/83 a cuenta 144.000
0.29321 Sueldo Anual Compl. Civil 142.571
0.77 Quebranto de caja 5.400
Sub-Total Director General 402.940
Retrib. Director General 371.945
Sueldo Anual Compl. 30.995
1 Cargas Legales sobre Ss.
Personales 2:310.085
1.11 Por Fun. Civiles no Docentes 2:023.152
1.115 S/Ret. Director General 80.588
1.31 Imp. Ret. y Prest. Nominales 206.345
2 Materiales y Suministros 5:726.500
Servicios no Personales 2:100.000
7 Subsidios y Otras Transferencias 40:746.828
7.35 Transf. al Gob. Central 39:242.828
7.5 Transf. a Unid. fliarea por
personal en actividad 1:300.000
7.51 Prima por Matrimonio 1.000
7.53 Prima por Nacimiento 1.000
7.55 Prest. por fallecimiento 10.000
7.58 Licencia no gozada 100.00
7.59 Indemnización por despido 300.000
7.510 Prest. por Asit. Médica 888.000
7.9 Tributos Municipales y
Nacionales 204.000
7.91 Nacionales 4.000
7.92 Municipales 200.000
9 Asignaciones Globales 57.000
Plan de Inversiones 10:000.000
4 Máq. Equipo y Mobiliario nuevos 6:000.000
6 Construc. mejoras y reparaciones 4:000.000
El aporte a Rentas Generales dispuesto por el artículo 112 de la Ley Especial N°7 de 23 de diciembre de 1983, se fija por el Ejercicio de 1983 en N$ 39:242.828 (nuevos pesos treinta y nueve millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiocho) que se abonará en tres cuotas mensuales a partir de la aprobación de este decreto.