Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 135.
Artículo 5
Exhórtase a la Universidad de la República a adoptar las medidas que
entienda necesarias a fin de asegurar la continuidad de las acciones
docentes en desarrollo dirigidas a los estudiantes de la Escuela de
Sanidad "Dr. José Scosería", que permitan la finalización de los estudios
iniciados con los programas y requisitos de ingreso vigentes.