CREACION DEL SISTEMA URUGUAYO DE NORMALIZACION ACREDITACION METROLOGIA Y EVALUACION DE LA CONFORMIDAD (SUNAMEC)




Promulgación: 26/02/2010
Publicación: 11/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 490

DEL ORGANISMO NACIONAL DE ACREDITACION

Artículo 10

 A los efectos de este Sistema son funciones del Organismo Nacional de
Acreditación:
a) acreditar a los organismos de certificación de sistemas de gestión,
   productos, servicios, procesos y personas y a los laboratorios de
   ensayo, calibración y análisis, a los organismos de inspección,
   proveedores de materiales de referencia y proveedores de ensayos de
   aptitud de conformidad con las Normas Técnicas del Sistema. Dicha
   acreditación deberá especificar su alcance y su plazo de vigencia;
b) llevar un registro, permanentemente actualizado, de los organismos
   acreditados dentro del Sistema;
c) la celebración de acuerdos con organismos pares internacionales,
   regionales o de otros estados, de reconocido prestigio, en lo que hace
   a su estricta competencia;
d) la representación de Uruguay en los organismos regionales e
   internacionales de Acreditación.

Referencias al artículo
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