TRANSFORMACION DE CARGOS VACANTES DE LA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 30/04/2026
Publicación: 14/05/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025 y su Decreto Reglamentario N° 334/011, de 21 de setiembre de 2011;

   RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo, a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos de la Administración Central, a utilizar los créditos de los cargos vacantes para la transformación de los cargos que se consideren necesarios para su funcionamiento;

   CONSIDERANDO: I) la solicitud Ministerio de Relaciones Exteriores;

   II) que se cuenta con la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 10 de diciembre de 2025, actuando en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía y Finanzas, que exceptúa al Inciso 06 de lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 1 del Decreto No. 310/021 de 10 de setiembre de 2021;

   III) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025 y a lo preceptuado por el Decreto Reglamentario N° 334/011 de fecha 21 de setiembre de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", en los cargos que se proponen en el Anexo  que se adjunta y se considera parte integrante de este Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 89/026 de 
30/04/2026.

Artículo 2

   Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto.

Artículo 3

   Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese y archívese.

  YAMANDÚ ORSI - MARIO LUBETKIN - GABRIEL ODDONE
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