El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025 y su Decreto Reglamentario N° 334/011, de 21 de setiembre de 2011;
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo, a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos de la Administración Central, a utilizar los créditos de los cargos vacantes para la transformación de los cargos que se consideren necesarios para su funcionamiento;
CONSIDERANDO: I) la solicitud Ministerio de Relaciones Exteriores;
II) que se cuenta con la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 10 de diciembre de 2025, actuando en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía y Finanzas, que exceptúa al Inciso 06 de lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 1 del Decreto No. 310/021 de 10 de setiembre de 2021;
III) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025 y a lo preceptuado por el Decreto Reglamentario N° 334/011 de fecha 21 de setiembre de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", en los cargos que se proponen en el Anexo que se adjunta y se considera parte integrante de este Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 89/026 de
30/04/2026.