Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay correspondiente al Ejercicio 1988.
Resultando: I) Que por decreto 773/988 de 16 de noviembre de 1988 se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay correspondiente al ejercicio 1988 el que incluía las partidas correspondientes a mano de obra y beneficios sociales a precios de marzo de 1988;
II) Que por Resolución de Directorio el Banco de la República Oriental del Uruguay autorizó con vigencia al 1° de julio de 1988 un aumento salarial del 16.3% recogiendo a su vez la modificación en el salario mínimo nacional para aquellos beneficios sociales que varían con este.
Considerando: que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento del mismo.
Atento: a lo expresado precedentemente y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Sustitúyense las partidas del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay para el año 1988 aprobado por Decreto N° 773/988 de 16 de noviembre de 1988 de acuerdo con el siguiente detalle:
I. PRESUPUESTO OPERATIVO Y
DE OPERACIONES FINANCIERAS N$
RECURSOS HUMANOS 16.794:578.200
Rubro Denominación N$
0 Retr. de Ss. Personales 10.251:440.122
011311 Sueldos Básicos cargos presup. 7.408:488.557
011315 Dif. por subrogación 117:994.663
011317 Compl. autom. anual 73:206.921
019311 Sueldo anual compl. 799:598.324
021321 Sueldos básicos cargos
eventuales 92:881.937
021327 Compl. autom. anual 538.205
029321 Sueldo anual compl. 8:966.391
036331 Rempl. porteros de Suc. 19:512.626
036332 Dpto. Adm. de Edificios 6:886.809
036333 Médicos Suplentes 8:215.539
036334 Dpto. de Ferias Ganaderas 1:721.702
039311 Sueldo anual compl. 3:705.938
050001 Honorarios Abogados
y Procuradores Suc. 9:291.315
061311 Horas Extras 390:888.604
061312 Comp. por dest. sucursal 179:526.000
061315 Comp. por horario nocturno 49:235.611
061319 Prima por antigüedad
presupuestados 607:262.672
061329 Prima por antigüedad
eventuales 2:580.707
062311 Gastos de repres. presup. 180.000
062312 Gastos de repres. Direct. 2:082.304
077 Quebranto de Caja 297:252.945
078311 Comp. por especial. 64:354.718
079311 Previsiones 88:325.116
079712 Otros 19:742.518
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1 Cargas legales sobre
Servs. Personales 3.117:199.903
111 Ap. patronal jubilatorio 2.880:964.633
123 Ap. patronal F.N.V. 109:607.203
131 Imp. Ley N° 15.294 126:628.067
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7 Subsidios y otras Transf. 3.425:938.175
751 Prima por matrimonio 6:689.179
752 Hogar Constituido 299:811.295
753 Prima por Nacimiento 6:689.179
754 Prest. por hijo 117:110.966
759 Alimentación 1.425:148.008
774001 Reint. cuota mutualista 1.181:252.576
774002 Contr. por asist. médica 389:236.972
791 Imp. a los Act. Banc. 2.667:000.000
792 Contrib. Inmobiliaria 85:000.000
793 Imp. venta moneda ext. 2.000:000.000
8 Servicio de Deuda 64.386:580.000
9 Asignaciones globales 158:759.000
II.- PRESUPUESTO DE INVERSIONES N$ 7.768:575.000
4 Maq. equipo y mobiliarios nuevos 2.973:956.000
5 Tierras, edificios y otros act. preexist. 720:800.000
6 Construc. mejoras y rep. extraord. 4.073:819.000
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TOTAL: 7.768:575.000
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Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias", en lo relativo a beneficios sociales, incluyen el aumento salarial otorgado por el Directorio a partir del 1° de julio de 1988.