FIJACION DE LA BASE DE PRESTACIONES Y CONTRIBUCIONES (BPC). ENERO 2017




Promulgación: 10/01/2017
Publicación: 18/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004.

   RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.

   CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 4/016 del 21 de enero de 2016 en $ 3.340,00 (pesos uruguayos tres mil trescientos cuarenta).

   II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 8,10% (ocho con diez por ciento).

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2017, en $ 3.611,00 (pesos uruguayos tres mil seiscientos once).

 TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - NELSON LOUSTAUNAU
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