VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004.
RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.
CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 17/019 del 11 de enero de 2019 en $ 4.154,00 (pesos uruguayos cuatro mil ciento cincuenta y cuatro).
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo en un 8,79% (ocho con setenta y nueve por ciento).
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2020, en $ 4519,00 (pesos uruguayos cuatro mil quinientos diecinueve).