(Exhortación) Exhórtase a los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República, a los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados Industriales y Comerciales del Estado y a los Gobiernos Departamentales a adoptar en el ámbito de su competencia las medidas que en este Decreto se establecen a fin de coadyuvar con el objetivo emprendido por el Poder Ejecutivo de disminuir el déficit fiscal.