PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA EXONERACION TRIBUTARIA A LAS IMPORTACIONES DE YERBA MATE PROCEDENTE DE LA ALALC




Promulgación: 27/11/1975
Publicación: 10/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1435
Visto: la gestión iniciada por la Asociación de Importadores y Mayoristas
de Almacén tendiente a obtener la prórroga del decreto 160/974 de 1º de
marzo de 1974, prorrogado por el decreto 483/975 de 30 de mayo de 1975.

Considerando: que es conveniente mantener las exoneraciones que la
precitada norma otorga a las importaciones de yerba mate canchada o
elaborada procedentes de los países integrantes de la Asociación
Latinoamericana de Libre Comercio, a los efectos de evitar mayores
incrementos de precios en el mercado interno que se agregarían a los
resultantes de los aumentos de costos de la materia prima en el mercado de
origen.

Atento: a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y Jurídica
del Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1976, la vigencia del decreto
160/974 de 1º de marzo de 1974. 
Referencias al artículo

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - GUIDO MICHELIN SALOMON - ADOLFO
CARDOSO GUANI
Ayuda