CERTIFICADO DE IMPORTACION - ARMAS DE FUEGO - ARTEFACTOS EXPLOSIVOS - MUNICIONES - SUSTANCIAS QUIMICAS




Promulgación: 24/02/1993
Publicación: 16/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 224

Artículo 4

   El Servicio de Material y Armamento deberá asimismo remitir
mensualmente al Ministerio de Defensa Nacional (Dirección Logística) el
listado de armas, municiones y explosivos que efectivamente ingresaron
al país.
Ayuda