Visto: el decreto 759/975 de 9 de octubre de 1975.
Considerando: que es conveniente prorrogar su entrada en vigencia dado que
el cambio de sistema instaurado por el decreto mencionado implica una
modificación en el régimen de liquidación, lo que hace aconsejable
extender el período de adaptación de los eventuales contribuyentes,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 759/975 de 09/10/1975
artículo 2.
BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - DANIEL DARRACQ