Encuadernación.- Los documentos registrales se encuadernarán por
Secciones o Registros cada 300 folios. Cada tomo se clausurará mediante
certificados en los que el registrador indicará el número de
protocolizaciones realizadas, los folios que comprenda, el lugar y fecha.
Un mismo tomo podrá comprender más de un año de protocolizaciones. En
tal caso, cada año, se separará mediante una constancia que así lo señale,
firmada por el registrador.