FIJACION DE AFORO DEL PRODUCTO "TRICLOROMONO FLUOR METANO" EN LA SECCION MATERIAS PRIMAS DE ADUANA




Promulgación: 04/12/1975
Publicación: 12/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1540
                         AÑO DE LA ORIENTALIDAD

     Visto: la gestión de la firma Polyfon S. A., solicitando se
establezca el aforo que le corresponde al producto denominado
"Tricloromono Flúor Metano".

     Atento: a lo propuesto por la Junta de Aranceles de la Dirección
Nacional de Aduanas, a lo establecido por la ley 13.032 de 7 de diciembre
de 1961, artículo 170; al artículo 30 inciso a) del decreto 416/964 de 15
de octubre de 1964; al decreto 769/971 de 25 de noviembre de 1971 y a lo
informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías Económico-
Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Fíjase en N$ 24.34 (nuevos pesos veinticuatro con 34/100) los 1.000 kilos
brutos, el aforo que le corresponde al producto denominado "Tricloromono
Flúor Metano", incluido en la Sección Materias Primas de la Tarifa de
Aduanas por decreto de 10 de julio de 1973.

BORDABERRY - VALENTIN ARISMENDI
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