CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO Nº 38 CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO CEMENTO Y SUS CANTERAS. FEBRERO 1989




Promulgación: 30/12/1988
Publicación: 06/03/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los laudos o decreto del presente Grupo Salarial, su Consejo determinará por vía aclaratoria la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores teniendo en cuenta las categorías ya establecidas en esta rama de actividad.
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