Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 8
Cuando los trabajos se realicen fuera del departamento donde está instalada la empresa, ésta se hará cargo de los gastos correspondientes
a alojamiento higiénico, atención médica en caso de ser necesario y alimentación todos los días pagos, incluso feriados. Se consideran días trabajados los correspondientes a partida y regreso del personal. Los gastos no correrán por cuenta de la empresa cuando el personal regrese
el mismo día.