ACTUALIZACION DE TASAS DEL IMESI DE VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 19/03/2001
Publicación: 20/03/2001
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 670
VISTO: las tasas del Impuesto Específico Interno fijadas por el artículo 
35º del Decreto Nº 96/990, de 21 de febrero de 1990, con la redacción 
dada por el artículo 9º del Decreto Nº 49/001, de 22 de febrero de 
2001.-

CONSIDERANDO: conveniente ajustar las tasas aplicables durante el mes de 
marzo de 2001 a la categoría H literal b) (vehículos con tracción en las 
cuatro ruedas cuyo peso sea inferior a 2.000 kgs. destinados a 
transportar pasajeros).-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 11) del artículo 1º 
del Título 11 del Texto Ordenado 1996, con la redacción dada por el 
artículo 563º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Hasta el 31 de marzo de 2001, las tasas del Impuesto Específico Interno 
aplicables a los vehículos automotores comprendidos en la categoría H 
literal b) del artículo 35º del Decreto Nº 96/990, de 21 de febrero de 
1990 con la redacción dada por el artículo 9º del Decreto Nº 49/001, de 
22 de febrero de 2001, serán las siguientes:
MOTORES NAFTA                                  MOTORES DIESEL
   30.00%                                          41.00% 

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc..- 

HIERRO - ALDO BONSIGNORE
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