Visto: la gestión de elevación de dos Preventivos Anuales de Ingresos y
Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al
ejercicio 1988, de la Unidad Ejecutora 006 "Dirección de Zonas Francas"
del Programa 006 "Administración de Zonas Francas" del Inciso 05
"Ministerio de Economía y Finanzas".
Resultando: I) Que en uno de los Preventivos referidos se incluye la
ampliación de crédito de un proyecto incorporado en el Plan de
Inversiones Públicas ejercicio 1988;
II) Que la mencionada ampliación corresponde al proyecto número 765
"Ampliación de Servicios Zonas Francas" en un monto de N$ 55:594.036,00
(nuevos pesos cincuenta y cinco millones quinientos noventa y cuatro mil
treinta y seis), que fuera incorporado al Plan de Inversiones Públicas
ejercicio 1988 en la financiación 2.1 "Proventos y otros ingresos" por un
monto de N$ 6:500.000,00 (nuevos pesos seis millones quinientos mil) por
el decreto 471/988 de 20 de julio de 1988.
Considerando: I) Que la referida ampliación se financiará con recursos
extrapresupuestales;
II) Que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado sus preventivos a
las normas específicas que las rigen y ha cumplido con las demás
disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 y 47 de la ley 15.903 de 10
de noviembre de 1987 y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1988, el proyecto
de inversión siguiente a financiarse con recursos extrapresupuestales:
Programa
Inciso Unidad Ejecutora Monto en N$
05 006 006 Dirección de Zonas
Francas
Proyecto
Ampliación de Servicios
Zonas Francas
Nº 765 55:594.036,00