Visto: lo establecido por el apartado d) del artículo 3º del decreto
de fecha 14 de noviembre de 1986.
Considerando: que el Poder Ejecutivo considera imprescindibles para el
normal cumplimiento de sus fines los atinentes a los servicios
prestados por el Ministerio del Interior.
Atento: a lo anteriormente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Declárase que las designaciones que efectúe el Ministerio del Interior
no están comprendidas en las prohibiciones establecidas en el decreto de
fecha 14 de noviembre de 1986.