Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1988,
presentados por Unidades Ejecutoras del Inciso 07 -Ministerio de
Ganadería Agricultura y Pesca-, solicitando la ampliación de proyectos en
el Plan de Inversiones Públicas de dicho Ejercicio.
Resultando: I) Que las mencionadas ampliaciones se refieren al
Proyecto Nº 738 "Reposición de ganado y equipamiento menor" en un monto de
N$ 14:400.000 (nuevos pesos catorce millones cuatrocientos mil), en el
Programa 002 "Generación y Transferencia de Tecnología" cuyo crédito para
el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1988 fuera autorizado por un
monto de N$ 7:680.413 (nuevos pesos siete millones seiscientos ochenta
mil cuatrocientos trece) en la financiación 2.2.; y a los Proyectos Nos.
874 "Equipo de apoyo para extensión del Programa 002" en un monto de N$
704.000 (nuevos pesos setecientos cuatro mil) en el Programa 002
"Generación y transferencia de tecnología"; 774 "Servicios de análisis
para productores" en un monto de N$ 2:650.000 (nuevos pesos dos millones
seiscientos cincuenta mil) en el Programa 004 "Recursos naturales
renovables" y 838 "Equipos y Mejoras Sede Central" en un monto de N$
430.000 (nuevos pesos cuatrocientos treinta mil) en el programa 009
"Desarrollo pesquero", cuyos créditos para el Plan de Inversiones Públicas
Ejercicio 1988 fueron autorizados por la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre
de 1987 por un monto de N$ 2:656.900 (nuevos pesos dos millones
seiscientos cincuenta y seis mil novecientos); N$ 20:700.000 (nuevos pesos
veinte millones setecientos mil); N$ 40:814.300 (nuevos pesos cuarenta
millones ochocientos catorce mil trescientos) respectivamente, en la
financiación 1.3 "Rentas Generales";
II) Que las citadas ampliaciones se financiarán con recursos
extrapresupuestales y se hallan incluidas en los preventivos presentados.
Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de
28 de agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con
la redacción dada, respectivamente, por los artículo 45 y 47 de la ley
15.903 de 10 de noviembre de 1987 y por el artículo 90 de la ley 15.809
precitada y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Técnica Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíanse en el Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1988, los
proyectos de inversión siguientes, en un monto total de N$ 18:184.000
(nuevos pesos dieciocho millones ciento ochenta y cuatro mil), a
financiarse con recursos extrapresupuestales:
Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en N$
07 002 005 Dirección de Investigación
Centro de Investigaciones
Agrícolas Alberto Boerger (CIAAS)
PROYECTO
Reposición de ganado y equipamiento
menor Nº 738 14:400.000
UNIDAD EJECUTORA
07 002 006 Dirección de Extensión
PROYECTO
Equipo de apoyo para extensión del
Programa 002 Nº 874 704.000
UNIDAD EJECUTORA
07 004 011 Dirección de Suelos
PROYECTO
Servicios de análisis para
productores Nº 774 2:650.000
UNIDAD EJECUTORA
07 009 033 Instituto Nacional de Pesca
PROYECTO
Equipos y Mejoras Sede Central Nº 838 430.000
Apruébanse los Preventivos anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1988,
presentados por Unidades Ejecutoras del Inciso 07 -Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca-, por un monto de N$ 105:280.000 (nuevos
pesos ciento cinco millones doscientos ochenta mil), de acuerdo a detalle
consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del presente
decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 936/988 de
30/12/1988.
Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación;
publíquese, etc.
SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - PEDRO BONINO GARMENDIA