APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1992




Promulgación: 24/02/1993
Publicación: 19/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

    El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado 
podrá proponer al Poder Ejecutivo, de acuerdo a las normas vigentes, con 
la justificación debida, la presupuestación de personal contratado con un 
año de antigüedad al 31 de diciembre de 1991, en el último grado de los 
escalafones respectivos y en los cargos vacantes de los mismos. A tales 
efectos se determinará el mejor derecho, teniendo en cuenta, además, que 
podrán ingresar en idénticas condiciones, en los escalafones en que 
desempeñan sus funciones. En las futuras promociones, se tendrá en cuenta, 
para dicho personal los años generados en la Administración con 
anterioridad a su presupuestación, aún los cumplidos en un escalafón 
distinto al que pasen a ocupar. 


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