Visto: que fueron aprobados los Preventivos Anuales de Ingresos y
Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al
Ejercicio 1988, de las Unidades Ejecutoras 026 "Centro Departamental
de Salud Pública de Río Negro", del Programa 002 "Prestación integral
de los servicios de salud y 066 "Servicio Nacional de Sangre" del Programa
003 "Servicios Especiales", ambas del Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública", por el decreto 576/988 de 14 de setiembre de 1988.
Resultando: que ha sido elevada a la Contaduría General de la Nación,
por la Contaduría Central del Inciso mencionado, solicitud para un
nuevo pronunciamiento del Poder Ejecutivo respecto a las modificaciones
introducidas por dichas Unidades Ejecutoras en sus preventivos,
correspondientes a los fondos depositados en las cuentas que se detallan
en el anexo que integra este Decreto.
Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido
con las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a los dispuesto por los artículos 45 y 48 del decreto ley
14.416 de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada, respectivamente,
por los artículos 45 y 46 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y
a lo informado por la Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República
DECRETA :
Apruébanse las modificaciones introducidas en los Preventivos Anuales
de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales
correspondientes al ejercicio 1988, presentados por las Unidades
Ejecutoras 026 "Centro Departamental de Salud Pública de Río Negro" del
Programa 002 "Prestación integral de los servicios de Salud" y 066
"Servicio Nacional de Sangre" del Programa 003 "Servicios especiales",
ambas del Inciso 12 " Ministerio de Salud Pública", por un monto total de
N$ 281:800.000,00 (nuevos pesos doscientos ochenta y un millones
ochocientos mil) de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que
es parte integrante del presente Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 949/988 de
30/12/1988.