FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 20/03/1997
Publicación: 10/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas para determinar los valores máximos de tarifas
en servicios suburbanos sobre la base del precio operativo del kilómetro
recorrido en ómnibus, el que se fija en $ 10,945 (pesos uruguayos diez con
novecientos cuarenta y cinco milésimos). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 9.
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