COMERCIO EXTERIOR. LANA PEINADA




Promulgación: 09/11/1973
Publicación: 21/11/1973

Resumen:

Exonérase al producto tipificado "Lana Peinada obtenida del proceso de industrialización de la lana, sin mezcla con otras fibras naturales o artificiales" del pago de la tasa del 3% del valor FOB de la exportación destinado atender los gastos que debe realizar el Laboratorio de Análisis y Ensayos.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 227/974 de 
21/03/1974 artículo 1.


		
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